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Sanciona TEPJF a López Obrador por violar principios electorales y el uso indebido de recursos públicos

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Por enésima ocasión, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó los principios de imparcialidad y neutralidad e incurrió en uso indebido de recursos públicos al hacer expresiones de carácter electoral en mayo pasado.

En su sesión de este jueves, la Sala Regional Especializada del TEPJF determinó, por unanimidad de votos, que, por sus expresiones vertidas durante su conferencia de prensa del pasado 15 de mayo, López Obrador cometió faltas que rompen con la legalidad cuando hizo expresiones de carácter electoral.

En la conferencia de prensa referida, López Obrador se refirió a las elecciones presidenciales de 2024, e hizo un listado de probables candidatos del “flanco derecho”, entre los que contó a Agustín Carstens, Alejandro Moreno, Beatriz Paredes, Carlos Medina Plasencia, Damián Zepeda, Dante Delgado, Denise Dresser, Enrique de la Madrid y Gabriel Quadri, entre otros.

Además, al mismo tiempo que afirmaba no promover el voto por Morena, el tabasqueño decía: “Yo hablo de que es importante la transformación de México, porque lo otro, lo que existía, era completamente ilegal, injusto, lo que existía antes era un régimen de corrupción (…) Entonces, nuestros adversarios pues quieren que eso regrese, quieren regresar por sus fueros. Entonces, pues eso yo no lo deseo, ni lo desea nadie; a lo mejor ellos sí, pero es una minoría, la mayoría del pueblo quiere que no haya corrupción, que no haya privilegios”.

Sobre esa ocasión, la Sala consideró que, en el marco de los procesos electorales en Coahuila y el Estado de México, aunque el presidente no realizó “un llamado expreso para votar por un partido, fuerza política o candidatura, el mensaje sí tuvo el propósito de desincentivar o disuadir el apoyo a otras opciones políticas, al descalificar al partido denunciante (el PAN) y una persona de su militancia, y, en consecuencia, beneficiar a Morena”.

Por ello, la Sala determinó que el presidente vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, además de que, con otros funcionarios, incurrió en el uso indebido de recursos públicos al emitir y difundir las expresiones de carácter electoral que formuló y que pudieron afectar los procesos estatales de Coahuila y del Estado de México, además del que concluirá el año próximo.

Por el uso indebido de recursos se incluyó en la sentencia a los directores del Centro de Producción de Programas Informativos Especiales, al director de Comunicación Social de la Presidencia de la República, y a encargados del área digital.

Pero la Sala consideró inexistentes los actos de campaña y precampaña que también fueron denunciados.

Como resultado de lo anterior, la Sala dará vista al Órgano Interno de Control de la Oficina de la Presidencia para los efectos señalados en su determinación, además de que, otra vez, el presidente será inscrito en el Catálogo de Sujetos Sancionados.

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