Ley de extorsión aprobada por diputados abre la puerta a la censura y pone en la mira a periodistas, alerta Artículo 19
La ley en materia de extorsión recientemente aprobada por diputados, podría poner en riesgo la cobertura periodística, advirtió la organización Artículo 19 al argumentar que dicha normativa contiene diversas imprecisiones y lagunas legales que, de no corregirse, su aplicación implicaría rozar los terrenos de la censura y vulnerar la libertad de expresión.
En un pronunciamiento, la agrupación señaló que si bien se reconoce la problemática de la extorsión en el país y la necesidad de sancionarla de manera adecuada, debe procurarse que con su instrumentación, se incurra en abusos de autoridad y fabricación de otros delitos que no tienen que ver con el que se quiere combatir.
Entre las inconsistencias encontradas destaca la fracción V del Artículo 17 en donde se señala que se comete el delito de extorsión cuando “se utilicen dispositivos, medios, servicios o plataformas a través de los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, datos, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúe a través de hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos, sistemas electromagnéticos o cualquier otro medio electrónico”, pero sin parámetros que permitan configurar con precisión la comisión del delito.
“La vaguedad de estipular que es delito el forzar a alguien el tolerar cierta conducta -incluida la expresión–, y que ello se puede cometer mediante uso de “dispositivos, medios, servicios o plataformas” implica que se puedan castigar penalmente a personas periodistas y medios de comunicación que difundan contenidos noticiosos y de interés público”, alerta Artículo 19 en su comunicado.
Subrayó la importancia de corregir esta redacción ambigua porque de quedarse como está, cualquier persona, especialmente servidores públicos, podrían denunciar una presunta extorsión a causa de una crítica o de un contenido que les resulte incómodo o que, desde su perspectiva, les provoque un supuesto daño moral.
Abundó que en casos dirigidos hacia periodistas o activistas, instancias administrativas y judiciales han considerado como “beneficio” en su “fama pública” el hecho de publicar información por la que autoridades se dicen “agraviadas”. Advierte que la ambigüedad en la terminología contenida en la legislación, puede utilizarse contra el ejercicio de los derechos humanos.
“Este tipo de delitos, con el mero hecho de estar contemplados en el ordenamiento jurídico mexicano, generan un efecto inhibidor en la libertad de expresión, lo cual se convierte en un mecanismo indirecto de censura”, indicó la ONG.
Tras expresar su preocupación por leyes aprobadas en diferentes estados que, con la excusa de combatir delitos de alto impacto, inhiben la libertad de expresión, consideró que sería reprochable que el Congreso de la Unión avale normativas de corte similar para su aplicación a nivel nacional, por lo que hizo un llamado a eliminar de la iniciativa los artículos ambiguos y definir con toda precisión los criterios jurídicos para tipificar el delito de extorsión sin menoscabo de las garantías individuales.
“Es necesario resaltar que el marco regional e internacional de derechos humanos protegen -aún más- aquellas expresiones e información que son de interés público, promoviendo y protegiendo así la información plural aún cuando pueda resultar chocante, puesto que permite la creación de opinión pública y el debate abierto de temas que afectan a todas las personas”, se lee en el pronunciamiento.

