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Responsabilidad compartida: IMSS se enfrenta a consecuencias por mal funcionamiento de servicios subrogados

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La responsabilidad del IMSS en daños ocasionados por empresas a las que subrogó algún servicio, como el caso de la muerte de la niña Betzabé a causa del mal funcionamiento de un elevador, es compartida y no corresponde sólo al particular, de acuerdo con fallos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en casos en que el prestador de servicios ha causado perjuicios a un paciente.

De acuerdo con el criterio derivado de la recomendación 44/2022, que la Comisión Nacional de Derechos Humanos dirigió al IMSS en febrero de 2022, la institución de salud no puede excusarse de responsabilidad cuando el particular al que encarga un servicio comete errores que causan perjuicio al usuario.

Entre julio de 2017 y diciembre de 2018, 45 pacientes del IMSS con enfermedad renal, a quienes no se podía brindar el servicio de diálisis, fueron canalizados a un hospital privado de Durango bajo un contrato de subrogación de servicios.

Sin embargo, los pacientes se contagiaron de hepatitis porque los trabajadores del hospital privado no siguieron las medidas de higiene necesarias para aplicar la terapia.

En el estudio del caso, la CNDH concluyó que servidores públicos del IMSS también fueron responsables por la muerte de siete personas y el daño causado a otras 38, ya que no llevaron a cabo la vigilancia y supervisión adecuada de los servicios subrogados.

El domingo pasado, en un hospital de Playa del Carmen, Quintana Roo, una niña murió prensada por un elevador que se activó antes de que la colocaran dentro de la cabina.

En su primera comunicación, el IMSS informó que el mantenimiento del ascensor era responsabilidad de una empresa privada bajo un convenio de subrogación.

“Si bien, el IMSS a través de la subrogación de servicios, transfiere las funciones que le corresponden, lo cierto es que la prestación de dichos servicios por esa modalidad, siempre será bajo la vigilancia y responsabilidad del Instituto, (…) ello no exime al referido instituto de ser la autoridad responsable patrimonialmente ante la actividad irregular del Estado cometida”, señala el texto de la Recomendación 44/2022.

En el caso de Durango, la CNDH pidió a la dirección del IMSS que presentara una queja ante el Órgano Interno de Control para que determinara las responsabilidades y eventuales sanciones de las autoridades de salud que no supervisaron la correcta prestación de los servicios ni notificaron que éstos no se ajustaban a las condiciones contratadas.

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